El IVA online será más fácil de implantar para las empresas que usen la facturación electrónica

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Según la compañía Seres, las empresas ya estén utilizando facturas electrónicas estarán mejor posicionadas para la implantación de este nuevo sistema, que será obligatorio para un colectivo de 62.000 contribuyentes.

El 1 de enero de 2017 entrará en vigor el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), que establece un nuevo modelo de gestión del IVA basado en la información en tiempo real de las transacciones comerciales. Ante este hecho, la compañía Seres advierte de que las empresas van a tener que prepararse para adoptarlo, lo cual supondrá la reforma y adaptación de sus mecanismos de facturación. Eso sí, aquéllas que ya tengan implantada la facturación electrónica les resultará más sencillo, tal y como indica Alberto Redondo, director de Marketing de Seres para España y Latam: “Las que ya estén utilizando la factura electrónica, sobre todo en recepción, lo tendrán más fácil, puesto que será un gran aliado para cumplir con los nuevos requisitos tributarios debido a la necesidad de inmediatez en la respuesta y la cantidad de información a suministrar”.

El SII será obligatorio para 62.000 contribuyentes como grandes empresas, grupos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual. Se trata de un colectivo que representa el 80% de la facturación total de los sujetos pasivos de IVA en España, y el resto podrá acogerse voluntariamente. Los adscritos al sistema dispondrán de un plazo máximo de cuatro días desde el momento en que emitan o reciban una factura. En esta demanda de inmediatez y un periodo tan corto de respuesta, la factura electrónica ayuda a cumplir con los tiempos, puesto que parte de la información ya está disponible en los sistemas y las empresas sólo se han de centrar en completar la información adicional requerida para el SII.

El objetivo del SII es facilitar a la Agencia Tributaria las actuaciones de comprobación de manera más ágil y efectiva, gracias al conocimiento prácticamente en tiempo real que tendrá de las transacciones comerciales en las que participen los adscritos al sistema. Los libros registro de IVA se llevarán a través de la página web de la AEAT, aunque la información se podrá presentar de forma remota. En contrapartida, se reducen las obligaciones formales, al suprimirse la obligación de presentación de las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 347, 340 y 390, y se amplía en diez días el plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas de IVA.

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